EL PAPEL DE LA DIRECCIÓN DE CONTROL INTERNO DE EMPRESAS PUBLICAS DE CUNDINAMARCA

Empresas Públicas de Cundinamarca cuenta con una Dirección de Control Interno que tiene su origen en la Constitución Política de 1991 y en la Ley 87 de 1993 y sus normas reglamentarias.

RESPONSABILIDADES DE LA DIRECCIÓN DE CONTROL INTERNO

La Ley 87/1993 prescribe las oficina s de control Interno OCI como uno de los componentes del Sistema de Control Interno de la entidad y se encarga:

  • Medir y evaluar eficiencia, eficacia y economía de los demás controles.
  • Asesorar a la alta dirección de la entidad para que haya continuidad en la planeación, organización, dirección y el control efectivo propio de cada proceso organizacional.
  • Revisar los planes establecidos por la entidad.
  • Asesorar y acompañar a la entidad en la reorientación de esfuerzos y recursos de forma que haya una razonable gestión para el logro de los objetivos de la entidad.

Así mismo, el art. 2.2.21.5.3 del Decreto 648 de 2017 «Por el cual se modifica y adiciona el Decreto 1083 de 2015, Reglamentario Único del Sector de la Función Pública», determina que las Oficinas de Control Interno desempeñarán los siguientes roles:

  1.      Liderazgo estratégico.
  2.      Enfoque hacia la prevención.
  3.      Evaluación de la gestión del riesgo.
  4.      Evaluación y seguimiento.
  5.      Relación con entes externos de control.

ACCIONES DE LA DIRECCIÓN DE CONTROL INTERNO

Para cumplir con sus responsabilidades y desarrollar los roles prescritos a la dirección, este componente del Sistema de Control Interno de la entidad debe:

  • Evaluar los controles de gestión y de los controles integrados a los procesos misionales y de apoyo de la entidad, mediante la realización de auditorías independientes.
  • Formular y socializar informes sobre los resultados de la evaluación de los controles en los procesos evaluados, para que los dueños de los procesos organizacionales fijen cronogramas de acciones de mejoramiento.
  • Asesorar y acompañar a la entidad en la realización de ajustes al diseño del Sistema de Control Interno de la entidad.
  • Adelantar el seguimiento a los planes de mejoramiento acordados con los dueños de procesos para determinar el cumplimiento de lo pactado.
  • Divulgación de la cultura de control interno que impregna a todos los funcionarios y colaboradores de la entidad.
  • Comunicar a la Dirección Jurídica de la entidad las presuntas conductas disciplinables de los funcionarios y colaboradores de la entidad.
  • Informar a la alta dirección sobre las posibles desviaciones de las metas fijadas para la entidad.